jueves, 11 de febrero de 2016

Ordenanza de locales para jóvenes


11/02/2016.
MARIAN GONZALEZ

El ayuntamiento pone en marcha la ordenanza de locales para jóvenes

Ediles y técnicos municipales y de Aztiker, en la presentación de las conclusiones del proceso.
Ediles y técnicos municipales y de Aztiker, en la presentación de las conclusiones del proceso. / MARIAN
  • Será indispensable tramitar la licencia de actividad clasificada y certificar los requisitos de seguridad y salubridad

  • Los ya existentes tendrán hasta el 5 de febrero de 2017 para regularizarse


A TENER ENCUENTA
Requisitos. Los propietarios de locales de ocio juvenil deberán solicitar licencia de actividad clasificada. También, se exigirá certificación expedida por técnicos competentes que acrediten que la actividad y las instalaciones se adecúan al proyecto y a la documentación técnica y que cumple toda la normativa en vigor aplicable. Otros requisitos necesarios son contar con una memoria técnica redactada por profesional habilitado y competente. En el caso de haber realizado obras con proyecto, se aportará liquidación y certificado final de obra. También se acreditará la suscripción de una póliza de seguro de responsabilidad civil, que deberá presentarse todos los años, y los datos de los responsables del local, junto a un contrato firmado por la personas propietarias y usuarias. Si fueran menores de edad se incluirán los de datos de sus tutores legales.
Horarios y ruidos. La ley vigente es la 37/2003, que prohíbe superar los 40 decibelios de 8.00 a 23.00 horas, y los 30 decibelios de 23.00 a 7.00. Hay que ser cuidadoso con el volumen de la música, la tv etc.. actuando como en casa, es decir, evitando ruidos que quebranten la convivencia y el descanso de los vecinos.
Limpieza e higiene. Local en buenas condiciones para la salud. Conviene que haya botiquín de primeros auxilios y material de limpieza. Obligatorio que haya baño y al menos una toma de agua.
Seguridad. No se podrá cocinar, ni hacer fuego (los locales podrán contar con microondas o frigorifico, pero no está permitido instalar cocinas, hornos, freidoras o planchas, nin ningún electrodoméstico que exija extraer o filtrar humos, salvo que el local cuenta con extractor de humos exclusivo). No se podrá almacenar material o líquidos inflamables. Obligación de contar con extintores e instalación eléctrica certificada, y prohibición expresa de tener bombonas de butano.
Convivencia. Cuidar el entorno del edificio e intentar tener una buena relación con los vecinos. Animan a participar en las juntas de las comunidades y conocer al administrador.
Prevención e igualdad. Prevención e igualdad. Se invitará a no fumar y reflexionar sobre el consumo de alcohol y la ley de adicciones. También a poner fin a actitudes sexistas e impulsar actitudes y medidas de igualdad.
Sanciones. Van desde el apercibimiento o advertencia, la clausura temporal de las instalaciones o el cierre definitivo de locales con multas desde 100 euros en las infracciones más leves, hasta los 3.000 en infracciones muy graves.

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